Ushuaia, lunes 10 de septiembre de 2018.- Mediante el asunto N° 365/18, el Poder Ejecutivo provincial elevó a la Cámara un proyecto de Ley de prevención de sobrepeso y obesidad de niñas, niños y adolescentes. La propuesta, fue girada para su análisis a la Comisión de Salud Pública (5), que preside la legisladora Liliana Martínez Allende (UCR – Cambiemos).
En los fundamentos de la propuesta, la mandataria fueguina sostiene que “la obesidad infantil está tomando proporciones alarmantes en muchos países y supone un problema grave que se debe abordar con urgencia. En los objetivos de Desarrollo Sostenible establecidos por las Naciones Unidas en 2015, (a los que la Provincia adhiere), la prevención y el control de las enfermedades no transmisibles se consideran prioridades básicas”.
Entre los factores de riesgo para las enfermedades no transmisibles, la obesidad suscita especial preocupación, pues puede anular muchos de los beneficios sanitarios que han contribuido a la mejora de la esperanza de vida. La obesidad puede afectar la salud inmediata de los niños, al nivel educativo que puede alcanzar y a la calidad de vida. Los niños con obesidad tienen muchas probabilidades de seguir siendo obesos en la edad adulta y corren el riesgo de sufrir enfermedades crónicas.
En ese sentido, el proyecto explica que “un entorno obesogénico es aquel que fomenta la ingesta excesiva de kilocalorías y nutrientes críticos como azúcares, grasas y sal, además de fomentar también el sedentarisrno. Muchos niños crecen actualmente en estos entornos, favoreciendo de esa manera el sobrepeso y la obesidad. El desequilibrio energético se debe a los cambios en el tipo de alimentos y en su disponibilidad, asequibilidad y comercialización, así como al descenso en la actividad física”.
Las respuestas conductuales y biológicas de un niño ante un entorno obesogénico pueden estar determinadas por procesos anteriores incluso a su nacimiento, lo que empuja a un número cada vez mayor de niños hacia la obesidad si siguen una dieta de baja calidad nutricional y realizan poca actividad física. La mejora o mantenimiento de la salud depende no solo de las prácticas de consumo y hábitos de vida individual sino también de las características del entorno y la comunidad donde esa persona nace, vive y se desarrolla.
La norma establece que la autoridad de aplicación es el Ministerio de Salud en coordinación con los ministerios de Educación, Desarrollo Social y de Economía.
Para mayor información:
http://www.legistdf.gob.ar/lp/novedadesip/Asuntos%20Entrados%202018/As.%20N%BA%20365-18.pdf
Fotografía fuente Internet