LEY Nº 1565
DÍA DE LA SOBERANÍA NACIONAL: ESTABLÉCESE EL 20 DE
NOVIEMBRE DE CADA AÑO, FECHA PERMANENTE DE SESIÓN ORDINARIA A REALIZARSE EN EL
SECTOR ANTÁRTICO ARGENTINO.
Sanción: 19 de Septiembre de 2024.
Promulgación: 04/10/24. D.P.N: 2298/24.
Publicación: B.O.P. 07/10/24.
Artículo 1º.- Establécese
el 20 de noviembre de cada año, Día de la Soberanía Nacional, como fecha
permanente de Sesión Ordinaria de la Legislatura de la provincia de Tierra del
Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a realizarse en el sector Antártico
Argentino, parte integral de nuestra provincia.
Artículo 2°.- Invítase,
cada año, al Gobernador de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas
del Atlántico Sur, a los intendentes de los municipios y a los diputados y senadores
nacionales a asistir a la Sesión.
Artículo 3°.- Instrúyese al Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Malvinas, Antártida, Islas del Atlántico Sur y Asuntos Internacionales o al organismo que en el futuro la reemplace, a realizar las gestiones necesarias ante los organismos nacionales pertinentes y coordinar la logística necesaria a efectos de cumplir con lo establecido en esta ley.
Artículo 4º.- Establécese que si en la fecha dispuesta no fuera posible trasladar la sesión al Sector Antártico Argentino por razones logísticas, climáticas u otra naturaleza, el Poder Legislativo convocará la sesión en el lugar que éste disponga, indicando en la resolución de convocatoria dichas razones.
Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.