LEY Nº 1565

 

DÍA DE LA SOBERANÍA NACIONAL: ESTABLÉCESE EL 20 DE NOVIEMBRE DE CADA AÑO, FECHA PERMANENTE DE SESIÓN ORDINARIA A REALIZARSE EN EL SECTOR ANTÁRTICO ARGENTINO.

 

Sanción: 19 de Septiembre de 2024.

Promulgación: 04/10/24. D.P.N: 2298/24.

Publicación: B.O.P. 07/10/24.

 

 

Artículo 1º.- Establécese el 20 de noviembre de cada año, Día de la Soberanía Nacional, como fecha permanente de Sesión Ordinaria de la Legislatura de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a realizarse en el sector Antártico Argentino, parte integral de nuestra provincia.

 

Artículo 2°.- Invítase, cada año, al Gobernador de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a los intendentes de los municipios y a los diputados y senadores nacionales a asistir a la Sesión.

 

Artículo 3°.- Instrúyese al Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Malvinas, Antártida, Islas del Atlántico Sur y Asuntos Internacionales o al organismo que en el futuro la reemplace, a realizar las gestiones necesarias ante los organismos nacionales pertinentes y coordinar la logística necesaria a efectos de cumplir con lo establecido en esta ley.

 

Artículo 4º.- Establécese que si en la fecha dispuesta no fuera posible trasladar la sesión al Sector Antártico Argentino por razones logísticas, climáticas u otra naturaleza, el Poder Legislativo convocará la sesión en el lugar que éste disponga, indicando en la resolución de convocatoria dichas razones.

 

Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.